(18) Síndrome de la Inmunodeficiencia Adquirida VIH/SIDA

Definición

La infección por Virus de Inmunodeficiencia Humana, se caracteriza clínicamente por una infección asintomática durante un período variable de tiempo debido al equilibrio que se produce entre replicación viral y respuesta inmunológica del paciente. En etapas avanzadas de la infección se rompe este equilibrio aumentando la Carga Viral (CV) y deteriorándose la función inmune, lo que permite la aparición de diversas infecciones, clásicas y oportunistas, y tumores con lo que se llega a la etapa de SIDA (Síndrome de la Inmunodeficiencia Adquirida).

Patologías incorporadas

Quedan incluidas las siguientes enfermedades y los sinónimos que la designen en la terminología médica habitual:

  • Infección por Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH)
  • Síndrome de Inmunodeficiencia adquirida (sida)

Garantías

1. Acceso

a) Todo beneficiario:

  • Con sospecha o por solictud del usuario, tendrá acceso a examen para el diagnóstico de la infección por VIH.
  • Las personas embarazadas tendrán acceso al examen para diagnostico de la infección por VIH durante el control prenatal.
  • Las personas embarazadas con pre parto que se desconozca su serología tendrán acceso al examen para el diagnostico de la infección por VIH.
  • Con confirmación diagnóstica o indicación médica, tendrá acceso a exámenes y a los esquemas de tratamiento antirretroviral.
  • Persona embarazada VIH (+) o serología reactiva y su recién nacido, tendrán acceso a protocolo para la prevención de transmisión vertical.
  • En tratamiento con esquema antirretrovirales, tendrá acceso a continuarlo.
  • En tratamiento tendrá acceso a seguimiento

Lo anterior deberá ser complementado con lo dispuesto en la NTMA.

2. Oportunidad

a. Diagnóstico

  • Se realizará dentro de 45 días desde la sospecha o solicitud del usuario.

b. Tratamiento

  • La consulta por médico con las competencias necesarias para efectuar la prestación, se realizará dentro de 45 días desde la confirmación diagnóstica.
  • El tratamiento se iniciará dentro de 7 días desde la indicación médica, según criterios establecidos en la NTMA.
  • En personas embarazadas VIH (+) o con serología reactiva se iniciará tratamiento antirretroviral dentro de 7 días desde la indicación.
  • En personas embarazadas VIH (+) o con serología reactiva se iniciará la profilaxis antirretroviral desde el inicio del trabajo de parto vaginal o 4 horas antes de la cesárea programada.
  • En puérperas VIH (+) confirmadas se iniciará el suministro de medicamentos para la interrupción de la producción de leche materna dentro de las 6 hrs. Siguientes al nacimiento.
  • En el recién nacido hijo de gestante VIH (+) o con serología reactiva de la gestante se iniciará la profilaxis antirretroviral dentro de las 4 hrs siguientes al nacimientos.
  • En el recién nacido hijo de gestante VIH (+) o con serología reactiva de la gestante se iniciará el suministro de fórmula láctea de inicio inmediatamente después del nacimiento

Lo anterior deberá ser precisado con lo dispuesto en la NTMA.

3. Protección Financiera

a. Deducible:

Dentro de la Red asistencial definida para estos efectos, el afiliado debe cancelar un copago del 20% de la prestación que se efectúe, no debiendo cancelar mas del copago definido en el Decreto Nº 72, por grupo de prestaciones. El deducible equivaldrá a 29 cotizaciones mensuales, legales o pactadas, según corresponda, por cada evento asociado a las GES que le ocurra a él o a los beneficiarios que de él dependan; dicho deducible no excederá de 122 UF. En caso de existir más de un evento en un período de doce meses, contados desde que se devenga el primer copago del primer evento, el deducible para el conjunto de los eventos, para los afiliados, será de 43 cotizaciones mensuales, legales o pactadas, según corresponda; dicho deducible no excederá de 181 UF.

b. Intervenciones Sanitarias:

Síndrome Inmunodeficiencia Adquirida VIH SIDA

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