(40) Síndrome de dificultad respiratoria en el recién nacido

Definición

Cuadro de dificultad respiratoria del recién nacido que habitualmente se inicia en las primeras horas de vida, caracterizado por síntomas tales como taquipnea, aleteo nasal, cianosis, quejido y retracción subcostal.

Patologías Incorporadas

Quedan incluidas las siguientes enfermedades y los sinónimos que las designen en la terminología médica habitual:

  • Enfermedad de la membrana hialina del recién nacido.
  • Bronconeumonía connatal.
  • Bronconeumonía no connatal.
  • Aspiración neonatal de meconio.
  • Hernia diafragmática congénita.
  • Hipertensión pulmonar persistente.

Garantías

1. Acceso

a) Todo beneficiario recién nacido:

  • Con sospecha, tendrá acceso a confirmación diagnóstica y tratamiento.
  • Con confirmación diagnóstica, tendrá acceso a continuar tratamiento.

2. Oportunidad

a. Diagnóstico y Tratamiento:

  • Se iniciará desde la sospecha.
  • El ingreso a prestador con capacidad de resolución integral se realizará dentro de 48 horas, desde la sospecha.

3. Protección Financiera:

a. Deducible:

Dentro de la Red asistencial definida para estos efectos, el afiliado debe cancelar un copago del 20% de la prestación que se efectúe, no debiendo cancelar mas del copago definido en el Decreto Nº 72, por grupo de prestaciones. El deducible equivaldrá a 29 cotizaciones mensuales, legales o pactadas, según corresponda, por cada evento asociado a las GES que le ocurra a él o a los beneficiarios que de él dependan; dicho deducible no excederá de 122 UF. En caso de existir más de un evento en un período de doce meses, contados desde que se devenga el primer copago del primer evento, el deducible para el conjunto de los eventos, para los afiliados, será de 43 cotizaciones mensuales, legales o pactadas, según corresponda; dicho deducible no excederá de 181 UF.

b. Intervenciones Sanitarias:

Síndrome dificultad respiratoria recién nacido

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