(78) Lupus eritematoso sistémico

Definición

Es una enfermedad autoinmune, inflamatoria sistémica, crónica, caracterizada por un curso cíclico con remisiones y recaídas.

 

Patologías Incorporadas

Quedan incluidas las siguientes enfermedades y los sinónimos que las designen en la terminología habitual:

  • Lupus Eritematoso Sistémico.

Garantías

1. Acceso

a. Todo beneficiario:

  • Con Confirmación diagnóstica, tendrá acceso a tratamiento.
  • En tratamiento, tendrá acceso a continuarlo.
  • En sospecha de nefropatía lúpica activa por médico reumatólogo, tendrá acceso a biopsia renal y estudio histopatológico.

2. Oportunidad

a. Diagnostico:

  • En personas con lupus confirmado, la confirmación diagnostica de nefropatía lúpica se realizará dentro de 60 días desde la sospecha.

b. Tratamiento: 

  • Se iniciará desde la confirmación diagnóstica por médico especialista.
 

3. Protección Financiera

a. Deducible:

Dentro de la Red asistencial definida para estos efectos, el afiliado debe cancelar un copago del 20% de la prestación que se efectúe, no debiendo cancelar más del copago definido en el Decreto Nº 72, por grupo de prestaciones. El deducible equivaldrá a 29 cotizaciones mensuales, legales o pactadas, según corresponda, por cada evento asociado a las GES que le ocurra a él o a los beneficiarios que de él dependan; dicho deducible no excederá de 122 UF. En caso de existir más de un evento en un período de doce meses, contados desde que se devenga el primer copago del primer evento, el deducible para el conjunto de los eventos, para los afiliados, será de 43 cotizaciones mensuales, legales o pactadas, según corresponda; dicho deducible no excederá de 181 UF.

b. Intervenciones Sanitarias:

 

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