(01) Enfermedad renal crónica etapa 4 y 5

Definición

La Enfermedad Renal crónica etapa 4 y 5, corresponde a la situación clínica derivada de la pérdida progresiva, irreversible y permanente de la función renal a la que se puede llegar por múltiples etiologías, tanto de carácter congénito, hereditario o adquirido que podría requerir tratamiento de sustitución renal por diálisis o trasplante.

Patologías Incorporadas

queda incluida la siguiente enfermedad y los sinónimos que las designen en la terminología médica habitual:

Enfermedad renal crónica en etapa 4 y 5.

Garantías

a. Acceso

Todo Beneficiario:

-Con confirmación diagnóstica, tendrá acceso a tratamiento.

-En tratamiento tendrá acceso a continuarlo.

-Con Enfermedad Renal en etapa 4 o 5 tendrá acceso a:

    • Fístula arteriovenosa según indicación del Especialista.
    • Catéter peritoneal según indicación del Especialista.
    • Tratamiento de peritoneodiálisis o hemodiálisis.
    • Estudio pretrasplante e ingreso a la lista de espera de trasplante y a trasplante si cumple con los criterios de la NTMA y de la normativa vigente sobre trasplante de órganos, aunque no haya requerido diálisis.
    • Actualización de estudio pretrasplante si se encuentra en lista de espera.

– Con trasplante renal tendrá acceso a:

  • Nuevo trasplante según indicación médica.
  • Profilaxis y tratamiento de citomegalovirus según indicación médica.
  • Terapia de rechazo según indicación médica.

b. Oportunidad

Tratamiento

    • La Fístula arteriovenosa para hemodiálisis se realizará dentro de 90 días desde la confirmación diagnostica según indicación médica.
    • La Peritoneodiálisis se iniciará dentro de 21 días desde indicación médica.
    • La Hemodiálisis se iniciará dentro de 7 días desde indicación médica.
    • El Estudio pre-trasplante completo para acceder a Lista de Espera se realizará dentro de 10 meses desde indicación del especialista.
    • El ingreso a la lista de espera de trasplante de efectuará finalizado el estudio pretrasplante y el trasplante renal se efectuará de acuerdo a la disponibilidad del órgano.
    • El tratamiento con Drogas inmunosupresoras se iniciará en donante cadáver, desde el Trasplante y en donantes vivo desde 48 horas antes del trasplante.

Lo anterior deberá ser complementado con lo dispuesto en la NTMA.

c. Protección Financiera

1. Deducible:

Dentro de la Red asistencial definida para estos efectos, el afiliado debe cancelar un copago del 20% de la prestación que se efectúe, no debiendo cancelar mas del copago definido en el Decreto Nº 72, por grupo de prestaciones. El deducible equivaldrá a 29 cotizaciones mensuales, legales o pactadas, según corresponda, por cada evento asociado a las GES que le ocurra a él o a los beneficiarios que de él dependan; dicho deducible no excederá de 122 UF. En caso de existir más de un evento en un período de doce meses, contados desde que se devenga el primer copago del primer evento, el deducible para el conjunto de los eventos, para los afiliados, será de 43 cotizaciones mensuales, legales o pactadas, según corresponda; dicho deducible no excederá de 181 UF.

2.  Intervencion Sanitaria:

Enfermedad renal crónica etapa 4 y 5

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