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Acceso Prestadores

La atención a prestadores para la entrega de Programas Médicos  en Concepción  se realizara los días Lunes, Miércoles y Viernes desde las 10:30 a 14:00 hrs en la dirección de Chacabuco 1094. 

Ventajas de la plataforma de Cobranza Web

  1. Es simple de usar.
  2. Sólo requiere el uso de un PC (Computador) y conexión Internet.
  3. Ahorra tiempo en el proceso de cobranza de sus bonos
  4. Disminuye los rechazos o retardos de la cobranza por inconsistencias o errores, ya que valida en línea los bonos asociados a ella.
  5. Mayor prontitud en el pago en relación con el sistema tradicional.
  6. En caso de utilizar factura o boleta electrónica, no se requiere presentar cobranza en la Agencia respectiva. Enviar la información a la casilla de recepción de documentos tributarios electrónicos: [email protected]
  7. No es necesario adjuntar bonos de respaldo.
  8. Pago asociado a través de Cuenta Corriente o documento (vale vista).
  9. Mantiene registro en línea permanente de los documentos cobrados.

Instructivo de Cobranza Web

Para solicitar suscribir un convenio con Nueva Masvida, el prestador debe acudir a la agencia más cercana, donde el Agente Zonal respectivo le indicará detalles del procedimiento. Además, debe presentar los siguientes documentos:

– Por persona natural (médicos):

  • Certificado de título.
  • Fotocopia de cédula de identidad.
  • Certificado de Superintendencia de Salud.
  • Ficha de prestaciones a convenir.

– Por sociedad:

  • Extracto de sociedad.
  • Constitución de sociedad.
  • Rol de sociedad.
  • Cédula de identidad del representante legal.
  • Resolución sanitaria, en caso de ser centro de salud, clínica u hospital.

– Profesionales no médicos (para reembolso):

  • Fotocopia de carnet de identidad por ambos lados (legible)
  • Certificado de Título
  • Certificado de Especialidad (Sólo si corresponde)
  • Boleta de Honorarios o declaración jurada de inicio de actividades.

Isapre Nueva Masvida reserva derecho de admisión.

Se le llama prestador no médico a todos los profesionales de la salud de profesión no médica, como kinesiólogos, fonoaudiólogos, psicólogos y nutricionistas.

Existen 5 modalidades de convenio:

  • Convenio Libre elección.
  • Convenio Preferente.
  • Convenio de Medicina Preventiva.
  • Convenio GES.
  • Convenio CAEC.

En caso de necesitar modificar algún dato registrado según el convenio, el prestador debe acudir a la sucursal más cercana.

Si un prestador desea proponer nuevos aranceles, debe enviar una carta al Agente Zonal más cercano. Para ello, debe dirigirse a la sucursal más cercana donde le indicarán el procedimiento correspondiente.

En el caso de prestadores individuales, el reajuste se realiza cuando cumple su anualidad (fecha de creación de convenio) en base al IPC acumulado correspondiente al año anterior.

Para prestadores institucionales, el reajuste se realiza dentro de los 2 primeros meses del año en base al IPC acumulado correspondiente al año anterior, según establece el contrato.

Actualmente, Isapre Nueva Masvida sólo realiza la habilitación del servicio I-med a prestadores institucionales.

El prestador debe solicitar al Agente Zonal respectivo el contrato junto con los anexos I-med, para que posteriormente el área de convenios realice la revisión y resolución de dicha solicitud.

En caso de cambio de domicilio del lugar donde se realizan las prestaciones, se debe informar al Agente Zonal respectivo para la modificación de dirección.

Nuestros prestadores en convenio tienen la ventaja de estar visibles en nuestro sitio web a través de nuestras diversas herramientas, y se benefician de publicidad como prestadores en convenio y promoción mediante nuestros canales de información.

Para el reembolso de prestaciones otorgadas por profesionales de la salud no médicos, se deben considerar estos requisitos:

  • El beneficiario siempre debe solicitar el reembolso con la orden médica original. En caso de que no sea posible, debe ser una fotocopia legible con el timbre del profesional de la salud y/o del centro de salud.
  • Las boletas deben de ser legibles, con nombre del paciente, rut del paciente, fecha de emisión de la boleta, prestaciones con codificación según el arancel de fonasa y su valor correspondiente, total de prestaciones (cantidad).
  • En las boletas no se puede sobreescribir ya que se considerara como enmendada y el afiliado no podrá reembolsar.
  • En el caso de prestaciones otorgadas por un fonoaudiólogo, psicólogo o nutricionista, se debe emitir un informe médico en el cual se explique el motivo del tratamiento, tanto al inicio como al término de éste, para validar el tratamiento recibido por el beneficiario. Este informe debe presentarse o emitirse cada vez que se emita una boleta por sesión.
  • En el caso particular prestaciones otorgadas por nutricionistas, las atenciones están destinadas a pacientes sin restricción por edad, siempre que tengan riesgo cardiovascular modificable con dieta y que presenten obesidad o sobrepeso, según I.M.C. (índice de masa corporal). Además, por el carácter integral de la atención, se entiende que la prestación incluye una evaluación al inicio, un control y una evaluación al término.

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